COLEGIACION.

Todas las profesiones que tienen Colegio Profesional, requieren para su ejercicio la colegiación, que es obligatoria por imperativo legal tal y como señala la sentencia 89/1989 del Tribunal Constitucional, que considera esta colegiación obligatoria como un requisito legal en razón de los intereses públicos vinculados al ejercicio profesional. Criterio reiterado en la sentencia del máximo Tribunal de 17 de julio de 1989.

Además la obligación legal de Colegiarse, permite disponer de las ventajas de unos servicios que benefician tanto a los profesionales que trabajan por cuenta propia, como a los que lo hacen por cuenta ajena. Colegiarse supone disponer de un centro de servicios gestionado por profesionales y para los profesionales de la Delineación y el Diseño Técnico.

Dado que LA ADSCRIPCIÓN AL COLEGIO ES OBLIGATORIA para ejercer la profesión, las cuotas que se abonan al Colegio tienen un tratamiento fiscal muy beneficioso para los colegiados ejercientes y se deducen de los ingresos en el momento de realizar la declaración anual del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas.


PRIMERA COLEGIACION:
  • Impreso de solicitud.
  • Dos fotografías tamaño carné.
  • Fotocopia del DNI.
  • Título o resguardo del título de acuerdo con lo indicado en nuestros Estatutos. (Original para cotejar en Secretaria).
  • Datos de domiciliación bancaria.

TRASLADOS:

Si se trata de un traslado desde otro Colegio, el Colegio de procedencia debe acreditar la baja y hacernos llegar copia del expediente y el colegiado debe presentar la siguiente documentación:
  • Impreso de solicitud.
  • Dos fotografías tamaño carné.
  • Fotocopia del DNI.

JUBILADOS:

Los Colegiados que finalizan su vida laboral y deseen continuar vinculados al Colegio pueden solicitar pasar al grupo especial de “jubilados” con un descuento en la cuota anual, disponiendo de todos los servicios colegiales excepto los estrictamente propios de los ejercientes (bolsa de trabajo, etc.).


DESEMPLEADOS:

Los colegiados que eventualmente se encuentren en situación de desempleo, tienen la opción de mantener todos sus derechos como colegiados, acogiéndose a una cuota colegial especifica para ellos, aportando la siguiente documentación:
  • Impreso de solicitud.
  • Fotocopia del DARDE.
Igualmente, deben presentar trimestralmente en el Colegio, la renovación del DARDE o enviar fotocopia o fichero PDF que incluya el código de verificación, para continuar con la reducción de la cuota.


BAJA COLEGIAL:

Los colegiados que deseen causar baja voluntaria, de acuerdo con lo previsto en los Estatutos del Colegio Oficial de Delineantes y Diseñadores Técnicos de Castellón, deberán aportar la siguiente documentación:
  • Impreso de solicitud.
  • Declaración de no ejercer la profesión.
  • Entregar el carnet de colegiado.
  • Informe de vida laboral que acredite el cese de la actividad.
Según la causa o motivo de baja, deberá acreditarse ademas dicha circunstancia mediante la siguiente documentación:
  • Desempleo: Demanda de Empleo renovada del SERVEF (DARDE).
  • Jubilación: Certificado acreditativo expedido por la Seguridad Social.
  • Otra actividad: Contrato de trabajo en vigor sellado por el Servicio de Empleo o certificado de altas en el IAE.
Para que pueda aceptarse la baja voluntaria, se deberá estar al corriente del abono de las cuotas colegiales.

En el caso especial de que la baja se produzca por fallecimiento, la petición la deben solicitar los familiares, debiendo aportar el certificado de defunción.